Comisión Comunal
Ordenanzas Nº 845
DONACION TERRENO A LA EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA A LOS EFECTOS DE LA CONSTRUCCION DE OFICINA ADMINISTRATIVA/COMERCIAL CON ATENCION AL PUBLICO
VISTO :
el Expediente Nº 006106; y
CONSIDERANDO :
que en el mismo, la Empresa Provincial de la Energía solicita a esta Comuna, un predio en la localidad, a los efectos de construir una oficina comercial con atención al público (para evitar el traslado a Carcarañá, de clientes y usuarios para la realización de trámites comerciales);
 que todo ello redundará en un gran beneficio para la comunidad de San Jerónimo Sud;
que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la H. Comisión Comunal según Acta Nº 22/2020;
ARTICULO 1º: Procédase a la donar a la Empresa Provincial de la Energía, el terreno designado como lote 13 del plano registrado por el Servicio de Catastro e Información Territorial con el Nº 232791 en fecha 26/10/2020.
ARTICULO 2º: DESCRIPCIÓN DEL LOTE Y LINDEROS: El terreno donado en el artículo precedente corresponde al lote terreno urbano situado en el Distrito San Jerónimo Sud, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, que de acuerdo al plano de mensura para modificación de estado parcelario, confeccionado por el Agrimensor Lisandro Leingruber, I.Co.P.A. 2-0099/9 y registrado por el Servicio de Catastro e Información Territorial con el Nº 232791 en fecha 26/10/2020, es el designado como lote "13". El mismo mide 20,45 metros en su lado norte, lindando con el lote Nº 7 del mimos plano, propiedad de la Comuna de San Jerónimo Sud (futura calle pública); el lado este mide 17,50 metros, lindando con el lote 12 del mismo plano, propiedad de la Comuna de San Jerónimo Sud; el lado sur mide 20,45 metros, lindando con el Bv. José de San Martín; el lado oeste mide 17,50 metros, lindando con Calle del Cementerio. Encierra una superficie total de 357,88 metros cuadrados.
ARTICULO 3º: IDENTIFICACIÓN CATASTRAL: El lote descripto en el artículo anterior está identificado con la Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 15-10-00-209864/0013-2 y la Nomenclatura Catastral 15 10 01 0031 00013.
ARTICULO 4º: DESTINO/CARGO: Dispóngase que la donación establecida en la presente ordenanza, se regirá y mantendrá mientras el destino del lote donado sea el de construir, por cuenta y cargo de la Empresa Provincial de la Energía, las instalaciones destinadas a oficina comercial/administrativa y de atención al público.
ARTICULO 5º: Establézcase el término de un (1) año desde la fecha de sanción de la presente ordenanza, a los efectos de que la Empresa Provincial de la Energía proceda al inicio de las obras correspondientes sobre el terreno. La edificación deberá regirse por la normativa vigente (Reglamento de Edificación y Código Urbano).
ARTICULO 6º: Dispóngase que para el caso de que la Empresa Provincial de la Energía dejara de prestar los servicios públicos en oficina a construir sobre el lote donado o fuera disuelta por cualquier causa, el lote de terreno donado deberá volver al patrimonio de la Comuna de San Jerónimo Sud.
ARTICULO 7º: Solicítese a la Honorable Legislatura de la Provincia de Santa Fe, el dictado de la norma legal correspondiente a los efectos de obtener la autorización para poder efectivizar la donación establecida en la presente ordenanza.
ARTICULO 8º: Establézcase que todos los gastos que ocasione el presente trámite y hasta efectivizar la escritura traslativa del dominio, serán por cuenta y cargo de la Empresa Provincial de la Energía.
ARTICULO 9º: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.
FIRMANTES :