Comisión Comunal

Ordenanzas Nº 1030

PLAN VIVIENDAS DPVyU 3612 AUTORIZA REDETERMINACION DE PRECIOS

VISTO :

la Resolución Nº 5044 de fecha 27/12/2018 de la Secretaria de Hábitat y Vivienda dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe y la Ordenanza Nº 728 de la Comuna de San Jerónimo Sud, (expediente Nº 15202-0059151-5); y

CONSIDERANDO :

que en la mencionada ordenanza refiere al acuerdo firmado entre el Presidente Comunal de San Jerónimo Sud y el Director Provincial de la Dirección Provincial de Viviendas y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, en fecha 16 de enero del año 2019, por el cual se acuerda la construcción de diez (10) Viviendas dentro de la operatoria DEMANDA GLOBAL-ADMINISTRACION COMUNAL, de dicha repartición provincial;

     que la ley Pcial. 12.046/02 y su normativa concordante, regulan el procedimiento para la redeterminación de los precios de las obras públicas, cuando se acredita una variación en los costos de los items que componen los mismos;

que la Ley Nro. 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus arts. 41 y 68 obliga a constituir garantias, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;

que mediante el Decreto Nro. 1698/84, ratificado por el Nro. 1007/85, se crea un sistema que permite las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantia de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del Acto Administrativo correspondiente;

     que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la Honorable Comisión Comunal según Acta Nº 01/2025;

ARTICULO 1º: ARTÍCULO 1º: Autorizase a la señorita Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia Comunal Ana Belén Olmos DNI 36.393.915 a suscribir el instrumento correspondiente a toda redeterminación de precios, con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y tendiente a la construccion de diez viviendas operatoria Demanda Global - Administración Comunal Plan 3612, expediente de vistos.

ARTICULO 2º: ARTICULO 2º: Adhiérase la Comuna de San Jerónimo Sud al sistema creado por Decreto Nº 1698/84, ratificado por el Nº 1007/85, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública suscripto con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

ARTICULO 3º: ARTÍCULO 3º: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.

FIRMANTES :

OLMOS ANA BELEN ( Vicepresidente en ejercicio de la presidencia comunal )

CANDIDO FERNANDO JOSE ( Secretario Administrativo )

SAN JERONIMO SUD, 9 de Enero de 2025


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