Comisión Comunal

Ordenanzas Nº 903

ESTABLECE CIRCUITO DE INGRESO Y EGRESO DE CAMINOS Y VEHICULOS PESADOS A LA ZONA URBANA

VISTO :

la necesidad de formalizar los circuitos de ingreso y egreso de camiones y vehículos pesados a la zona urbana de esta localidad; y

CONSIDERANDO :

que desde hace años se aplican circuitos y disposiciones que no se encuentran regulados mediante normas formales;

     que es menester regularlos formalmente a los efectos de su fiel cumplimiento para seguridad y beneficio de toda la comunidad, a la vez que establecer sanciones específicas para los infractores a esta normativa;

     que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la Honorable Comisión Comunal según consta en Acta Nº 08/2022;

ARTICULO 1º: Establézcase la prohibición de ingreso de camiones y vehículos pesados cargados, de más de 17.000 Kg., al radio urbano de esta localidad.

ARTICULO 2º: Determínese que lo normado en el artículo precedente, tendrá exclusivamente las excepciones que a continuación se detallan:
a.     Para la descarga de combustibles en la estación de servicios ubicada en la intersección de Calle Francfort y Calle Jorge Luis Borges, el vehículo cargado deberá ingresar desde Av. Juan Bautista Alberdi (Ruta Nacional Nº 9) por Calle Francfort y luego de la descarga, regresar por la misma calle en sentido contrario.
b.     Para la descarga de combustibles en la estación de servicios ubicada en la intersección de Av. 1º de Junio y Calle Nápoles, el vehículo cargado deberá ingresar desde Av. Juan Bautista Alberdi (Ruta Nacional Nº 9) por Calle Nápoles y luego de la descarga, regresar por la misma calle en sentido contrario.
c.     Para cargas o descargas en la planta de la Cooperativa Agrícola Gandera Ltda. ubicada en la intersección de Bv. Manuel Belgrano y Calle Bartolomé Mitre:
Opción 1: el vehículo deberá ingresar desde Ruta Nacional Nº 9 por el 1º Camino Rural Oeste (Camino de Los Pumas) hasta el Camino Rural Paralelo al Ferrocarril Norte, Calle del Cementerio y Av. Manuel Belgrano hasta el acceso a la planta. Regreso por el mismo circuito o por la Opción 2.
Opción 2: el vehículo deberá ingresar desde Ruta Provincial Nº 18s por Calle Nápoles, Bv. Manuel Belgrano hasta la planta. Regreso por el mismo circuito o por la Opción 1.
d.     Para la descargas en local/depósito habilitado a SERCAL S.A., ubicado en Pasaje Lucas Schibli, el vehículo cargado deberá ingresar por el 1º Camino Rural Oeste (Camino de Los Pumas) hasta el Camino Rural Paralelo al Ferrocarril Norte, Calle del Cementerio, Av. Manuel Belgrano, Calle Nápoles, Av. Martín M. de Güemes hasta el Pasaje Lucas Schibli. Regreso por el mismo circuito en sentido contrario.
e.     Para la descargas en local/depósito habilitado a MONTICELLI ANDRÉS, ubicado en Av. Sargento Cabral 173, el vehículo cargado deberá ingresar por el 1º Camino Rural Oeste (Camino de Los Pumas) hasta el Camino Rural Paralelo al Ferrocarril Norte, Calle del Cementerio, Av. Manuel Belgrano, Calle Nápoles, Av. Martín M. de Güemes, Calle París y luego Av. Sargento Cabral. Regreso por el mismo circuito en sentido contrario.
f.     Para cargas y descargas en la planta habilitada a AGROINVERT S.A., ubicada en Ruta Provincial 18s, el vehículo cargado deberá ingresar por el 1º Camino Rural Oeste (Camino de Los Pumas) hasta el Camino Rural Paralelo al Ferrocarril Norte, Calle del Cementerio, Av. Manuel Belgrano, Calle Nápoles y continuar por Ruta Provincial 18s. Regreso por el mismo circuito en sentido contrario.
g.     Para la descarga en depósito de materiales de construcción ubicado en Av. 9 de Julio entre Calles Hamburgo y Francfort, el vehículo cargado deberá ingresar desde Av. Juan Bautista Alberdi (Ruta Nacional Nº 9) por Calle Francfort y luego, Av. 9 de Julio. El regreso por el mismo circuito en sentido contrario.
h.     Para la descarga en depósito de materiales de construcción ubicado en Calle Leandro N. Alem entre Calle París y Límite Urbano Oeste, el vehículo cargado deberá ingresar por el 1º Camino Rural Oeste (Camino de Los Pumas) hasta el Camino Rural Paralelo al Ferrocarril Norte, Calle del Cementerio, Av. Manuel Belgrano, Calle Nápoles, Av. Martín M. de Güemes, Calle París y Calle Leandro N. Alem. Regreso por el mismo circuito en sentido contrario.

ARTICULO 3º: Establézcase a partir del día 1º de enero de 2023, la prohibición de estacionamiento dentro del radio urbano, de camiones, con o sin acoplados, semirremolques, etc., con o sin carga, que no posean radicación en esta localidad.

ARTICULO 4º: Establézcanse las multas por infracciones a lo normado en los artículos precedentes, a saber:
a.     ingreso de camiones y vehículos pesados cargados, de más de 17.000 Kg., al radio urbano de esta localidad fuera de las excepciones detalladas en el Artículos 2º de la presente: de 150 UF a 1.500 UF, conforme lo normado en el Artículo 263º de la Ordenanza Nº 793 (Código Comunal de Convivencia).
b.     ingreso de camiones y vehículos pesados cargados, detallados en las excepciones del Artículo 2º de la presente, que no cumplan con los circuitos establecidos: de 150 UF a 1.500 UF, conforme lo normado en el Artículo 263º de la Ordenanza Nº 793 (Código Comunal de Convivencia).
c.     estacionamiento de camiones y vehículos pesados dentro del radio urbano, según lo normado en el Artículo 3º de la presente: de 80 UF a 500 UF, conforme lo normado en el Artículo 247º de la Ordenanza Nº 793 (Código Comunal de Convivencia).
Las multas por infracciones a la presente ordenanza, serán aplicadas al titular registral del vehículo en infracción o quien resulte propietario, siendo los choferes o conductores de los mismos y los titulares de las empresas o comercios donde se realiza la carga o descarga de los productos, solidariamente responsables.

ARTICULO 5º: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y publíquese.

FIRMANTES :

CIANCIO HORACIO WALTER ( Presidente Comunal )

SAVINO CLAUDIO ALBERTO ( Secretario Administrativo )

SAN JERONIMO SUD, 24 de Mayo de 2022


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