
Comisión Comunal
Ordenanzas Nº 1040
DONACION DE LOTE FONTANA - REBRUJ APERTURA DE CALLE S. T. DE AVILA
VISTO :
el Expediente Nº 9301 (Acta de donación de lote urbano para continuidad – apertura calle Santa Teresa de Avila); y
CONSIDERANDO :
que es necesario proceder a dar marco legal a la donación del lote destinado a apertura de calle pública;
 que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la H. Comisión Comunal según Acta Nº 10/2025;
ARTICULO 1º: ARTÍCULO 1º: ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN: Acéptese la donación efectuada a esta Comuna de San Jerónimo Sud por los señores Fernando Rebruj DNI Nº 29.403.094 y Juan José Fontana DNI Nº 36.393.908, ambos en sus carácter de propietarios, consistente en un (1) lote de terreno urbano, designado como lote Nº 17 en el plano de mensura para modificación de estado parcelario, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Regional Rosario, bajo el Nº 281585 en fecha 28-01-2025, confeccionado por la Ing. Agrimensor Macarena Giuliani, I.Co.P.A. 2-511-7.
ARTICULO 2º: ARTÍCULO 2º: Descripción del Lote, Medidas e Identificación Catastral: el lote aceptado en la presente donación corresponde al plano de mensura y subdivisión descripto en el artículo anterior y es el siguiente:
1.Un lote de terreno urbano situado en el Distrito San Jerónimo Sud, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, manzana Nº 30 N, designado como lote Nº “17” (Pol. OPQNO), Plano 281585/2025 encerrando una superficie total de 524,47 m2. Partida Impuesto Inmobiliario Nº 15 10 00 210314/8027-3 Nomenclatura Catastral 15 10 01 0061 00031. Tasa General de Inmuebles Urbanos Nº 1853. Esta compuesto por una figura rectangular que en sus lados Norte y Sur mide 55,50 metros cada uno y en sus lados Este y Oeste mide 9,45 metros cada uno. Lindando al Norte con los lotes Nº 12,13,14,15 y 16 del mismo plano. Al Sur con el Límite Urbano. Al Este con la Calle Santa Teresa de Ávila y al Oeste con la Calle Lisboa.
ARTICULO 3º: ARTÍCULO 3º: DESTINO: Dispóngase que el destino del lote donado, descripto en la presente ordenanza, será únicamente para apertura y continuidad de la Calle Santa Teresa de Ávila.
ARTICULO 4º: ARTÍCULO 4º: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.
FIRMANTES :