Comisión Comunal
Ordenanzas Nº 1011
ADJUDICA LICITACION 05-2024
VISTO :
el llamado a Licitación Pública Nº 05/2024, dispuesto por Ordenanza Nº1009;y
CONSIDERANDO :
que en el acto de apertura realizado el día 23/07/2024, según consta en Acta Nº 05/2024, se presentaron las propuestas correspondientes a las firmas José y Pedro Celotti SA (Sobre Nº 1), Regcen SRL (Sobre Nº 2) y Serra Fernando Santiago (sobre Nº 3);
 que se ha producido un empate técnico con una diferencia inferior al uno por mil entre las ofertas Nº 2 de Regcen SRL y Nº 3 de Serra Fernando S.
que ambas ofertas son económicamente muy convenientes, siendo el valor ofrecido muy inferior al presupuesto oficial y a los valores de mercado;
que la posibilidad de adjudicar en proporción a ambos oferentes, además de ser lo correcto, posibilita contar con dos proveedores de reconocida trayectoria y en forma alternada, para la entrega del material adquirido;
 que el tema fue tratado en reunión de la Honorable Comisión Comunal según Acta Nº 15/2024;
ARTICULO 1º: ARTÍCULO 1º: Adjudíquese la Licitación Pública Nº 05/2024 en forma conjunta a las empresas REGCEN SRL, CUIT Nº 30-71162617-0, con domicilio en la localidad de Las Parejas, Provincia de Santa Fe y a la empresa del señor SERRA, Fernando Santiago CUIT Nº 20-16053033-3 con domicilio en la ciudad de Carcarañá Provincia de Santa Fe, por la compra total de seiscientos metros cúbicos (600 m³) de hormigón elaborado H25, por la suma de cincuenta y cuatro millones setecientos sesenta y nueve mil doscientos cincuenta pesos ($ 54.769.250,00), según especificaciones técnicas, accesorios y forma de pago establecidos en el pliego de la Licitación Pública Nº 05/2024. Dicha cantidad de hormigón y monto, surge de considerar que los precios ofrecidos son hasta un 25% por debajo de los valores vigentes de mercado, y atento a la gran cantidad de calles a intervenir, se autoriza una ampliación de la cantidad de hormigón a adquirir.
ARTICULO 2º: ARTÍCULO 2º: Autorícese a la señorita Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia Comunal de San Jerónimo Sud, Ana Belén Olmos, a realizar las adquisiciones y proceder a los pagos estipulados.
ARTICULO 3º: ARTÍCULO 3º: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.
FIRMANTES :