Comisión Comunal

Ordenanzas Nº 779

DECLARA COMO NO SUSCEPTIBLE DE RECUPERACION MEDIANTE CONTRIBUCION DE MEJORAS OBRA CORDON CUNETA OBRAS MENORES 2020

VISTO :

la transferencia que el Gobierno Provincial realizará a esta Comuna, consistente en recursos necesarios para la realización de la obra Pública "Proyecto Infraestructura Vial Urbana - Ejecución de Cordón Cuneta de Hormigón, Badenes y Estabilizado Granular", en el marco de la Ley 12.385, Fondo para la construcción de obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados; y

CONSIDERANDO :

que el Decreto Nº 1123/08, reglamentario de la mencionada Ley, en su Artículo 1º establece entre otras disposiciones, que "los proyectos preseleccionados deberán ser evaluados y verificados por un representante técnico designado a ese efecto por la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas. Aquellos cuyo financiamiento pueda recuperarse bajo el régimen de contribución de mejoras, contarán con el aporte hasta el 50% (cincuenta por ciento), debiéndose acompañar copia certificada por autoridad judicial y/o notarial de la Ordenanza respectiva. La Provincia, a través del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y los Municipios y Comunas instrumentarán por convenio la forma de recupero del financiamiento otorgado bajo estas condiciones";

     que donde se pretende realizar la obra de Cordón Cuneta de Hormigón, Calle Paris desde Av. Estanislao López hasta Av. Sargento Cabral; Av. Sargento Cabral desde Calle París hasta Calle Lisboa; Calle Lisboa desde Av. Sargento Cabral hasta Av. Martín M. Güemes y Avda. Martín M. Güemes desde Calle Lisboa hasta Calle Londres, viven personas de escasos recursos como así también desempleados, lo que hace imposible que puedan comprometerse o asumir una obligación de pago como la que genera la realización de ésta;

     que por esos motivos, resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley 12385 que aprueba las gestiones, que el proyecto de obra Cordón Cuneta establecido en el considerando anterior para la Comuna de San Jerónimo Sud, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiará con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida;

     que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la Honorable Comisión Comunal según Acta Nº 03/2020;

ARTICULO 1º: En la localidad de San Jerónimo Sud, Departamento San Lorenzo de la Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, se reúnen los señores miembros de la Honorable Comisión Comunal cuyo mandato vence el día de la fecha, juntamente con los nuevos miembros comunales electos en los últimos comicios, autoridades provinciales, representantes de instituciones locales y público en general, con el objeto de hacer entrega del mando de la administración comunal a quienes asumen un nuevo período de gobierno.

     El estado patrimonial de la Comuna al día de la fecha, según documentación obrante en el Expediente Nº 008868 es el siguiente:
1.     Saldo en caja y bancos: totalizan la suma de siete millones quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos noventa y seis c/70/100. ($ 7.562.496,70).
2.     Deudores a la Comuna por los siguientes conceptos: Tasa General de Inmuebles Urbanos: cinco millones ochocientos veintinueve mil doscientos diez c/40/100 ($ 5.829.210,40), Tasa General de Inmuebles Suburbanos y Rurales: tres millones ciento veintinueve mil setecientos sesenta y uno c/36/100 ($3.129.761,36), Derecho de Registro e Inspección: no es posible estimar la deuda por no ser un cálculo comunal, sino un porcentaje sobre los Ingresos Brutos de cada contribuyente; Contribución de Mejoras (Obra de Red de desagües cloacales): un millón setecientos veinte mil ciento setenta y dos c/51/100 ($1.720.172,51); Sistema de Créditos Locales: novecientos doce mil setecientos veintisiete con 40/100 ($ 912.727,40).
3.     Deudas a proveedores: totalizan la suma de ochocientos veintiún mil setecientos sesenta y cuatro c/40/100. ($ 821.764,40).

     Seguidamente se procede a hacer entrega de la siguiente documentación:
Balance de Contaduría acumulado al 30 de noviembre de 2019, estado de situación patrimonial de activo y pasivo a fecha de entrega, padrones de contribuyentes en base de datos en cada uno de los sistemas informáticos comunales, libro de Actas Comunales utilizado hasta el folio Nº 49, libro de Actas de Comisión Comunal utilizado hasta el folio Nº 173, libro de Actas de la Comisión de Contralores de Cuentas utilizado hasta el folio 32.
     Del resultado del escrutinio definitivo realizado en virtud de las elecciones del día 16 de junio de 2019, y conforme a la comunicación realizada por el Tribunal Electoral de la Provincia mediante Nota Nº 194 de fecha 28/6/2019, surge que la Comisión Comunal estará integrada de la siguiente manera:
Miembros Comunales:
Titulares:     Ciancio, Horacio Walter
          Voskerichian, Patricia Mónica
          Stähli, Juan Carlos
          Barzanti, Eduardo
          Ortolano, Betina Daniela
Suplentes:     Gilardoni, Paulina
          Durante, Fabricio Jorge
          Fontana, María del Carmen
          Monticelli, Andrés Estéban
          Delmonte, Fernando Esteban Luis
Contralores de Cuentas:
Titulares:     Schibli, Leandro Abel
          Tapia, Franco Daniel
          Mantovani, Luciano Gastón
Suplentes:     Olmos, Ana Belén
          Gaiardo, Federico Leonel
          Gilardoni, Lorena Beatriz

     No siendo para más, se firma la presente para constancia y en conformidad.

FIRMANTES :

CIANCIO HORACIO WALTER ( Presidente Comunal )

SAVINO CLAUDIO ALBERTO ( Secretario Administrativo )

SAN JERONIMO SUD, 18 de Febrero de 2020


Volver al Inicio