Comisión Comunal
Ordenanzas Nº 731
ACEPTA LA DONACION DE UN LOTE RURAL PARA ENSANCHE DE CAMINO EFECTUADA POR LUIS ARNOLDO HOFER PII 210549/0002
VISTO :
el Expediente Nº 008824 (Acta de donación de lote rural para ensanche de camino); y
CONSIDERANDO :
que es necesario proceder a dar marco legal a la donación de los lotes destinados a apertura y ensanche de caminos;
 que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la H. Comisión Comunal según Acta Nº 03/2019;
ARTICULO 1º: ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN: Acéptese la donación efectuada a esta Comuna de San Jerónimo Sud por el señor Luis Arnoldo Hofer, DNI 6.173.258, consistente en una parcela de terreno rural designada como lote "6" en el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor Daniel A. Gritti, I.Co.P.A. 2-0185-5 en el mes de enero de 2016 e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Regional Rosario, bajo el Nº 193316 en fecha 17 de mayo de 2016.
ARTICULO 2º: DESCRIPCIÓN DEL LOTE Y LINDEROS: La parcela aceptada en la presente donación es la siguiente:
Una fracción de terreno de campo situada en el Distrito San Jerónimo Sud, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, que de acuerdo al plano de mensura y subdivisión Nº 193316, descripto en el artículo anterior, es el designado como lote "6". El mismo mide 3,90 metros en su lado norte, lindando con camino público; su lado este mide 368,08 metros lindando con el lote 5 del plano citado, propiedad del mismo titular donante; el lado sur mide 3,90 metros, lindando con comino público y el lado oeste mide 368,08 metros, lindando con camino público. Encierra una superficie total de 14a 35,51ca.
ARTICULO 3º: IDENTIFICACIÓN CATASTRAL:
La parcela descripta en el artículo anterior está identificada con la Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 151000-210549/0002 y la Nomenclatura Catastral 15 10 PA 0000 00755.
ARTICULO 4º: DESTINO: Dispóngase que el destino del lote descripto en la presente ordenanza será únicamente para apertura y/o ensanche de camino público.
ARTICULO 5º: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.
FIRMANTES :