Comisión Comunal

Ordenanzas Nº 812

AMPLIA CREDITO FONAVI DPVYU PLAN 10 VIVIENDAS POR ADMINISTRACION COMUNAL

VISTO :

la Resolución Nº 1434 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de diez (10) viviendas por ADMINISTRACIÓN COMUNAL;

el contrato de obra pública ampliatorio del suscripto en fecha 16 de enero de 2019, entre esta Comuna y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de diez (10) viviendas por administración en comunal; y

CONSIDERANDO :

que la Ley Nº 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus Artículos 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;

que mediante el Decreto Nº 1698/84, ratificado por el Nº 1007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente;

que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la H. Comisión Comunal según Acta Nº 23/2020;

ARTICULO 1º: Autorícese al Sr. Presidente Comunal, Don Horacio Walter Ciancio, DNI 20.143.874, a firmar el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

ARTICULO 2º: Adhiérase la Comuna de San Jerónimo Sud al sistema creado por Decreto Nº 1698/84 ratificado por el Nº 1007/85, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

ARTICULO 3º: Téngase la presente como ordenanza comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.

SAN JERONIMO SUD, 9 de Septiembre de 2020


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