Comisión Comunal

Ordenanzas Nº 727

LLAMADO A CONCURSO ABIERTO PARA CUBRIR UN CARGO ADMINISTRATIVO CONTABLE

VISTO :

la necesidad de proceder a la contratación de personal administrativo; y

CONSIDERANDO :

que esta Comisión Comunal ha decidido dar inicio a la convocatoria de concurso abierto de antecedentes y oposición para la designación de un administrativo contable;

que resulta relevante proveer a la misma mediante un proceso de selección que promueva la participación activa de todos los interesados, para arribar a la elección del más apto y poniendo en valor el concepto de gestión por competencias, capacidad y mérito que viene desarrollando esta administración comunal;

que el proceso de selección previsto en la Ley, constituye un mecanismo eficiente e idóneo para concretar la cobertura del puesto mencionado a través de una metodología transparente;

que la Ley Nº 9286 "Estatuto y Escalafón del Personal de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe" establece en el Anexo I - Capítulo II, que el ingreso al Escalafón sólo tendrá lugar a través de concursos abiertos y por su parte, el Capítulo XII instituye el Régimen de Concursos;

que asimismo es importante contar con un instrumento legal que fije en forma clara y expresa las reglas a las cuales debe someterse el proceso de selección, respetando los principios que sustentan el régimen de concurso abierto: igualdad de oportunidades, transparencia en el proceso y mérito;

que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la Honorable Comisión Comunal según consta en Acta Nº 23/2018;

ARTICULO 1º: Llámese a concurso abierto para cubrir un (1) cargo de administrativo contable. Para la contratación de personal contemplado en el Artículo 5°, incisos b) y c) del Anexo I de la Ley Provincial N° 9.286 (Estatuto y Escalafón del Personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe).

ARTICULO 2º: La persona seleccionada de acuerdo a los criterios de la presente ordenanza, será incorporada como personal contratado, siendo sus competencias:

Competencias ético institucionales:
"     Compromiso institucional con el Estado.
"     Compromiso socio-cultural con el ámbito público.
"     Ética.

Competencias técnico profesionales:
"     Conocimiento de la estructura comunal.
"     Conocimiento específico de los trámites que se realizan dentro de la Administración.
"     Conocimiento de los procedimientos administrativos y de la normativa específica de las tareas a realizar.
"     Conocimientos generales de informática.
"     Capacidad de resolución de problemas orientados a la organización.
"     Experiencia en el manejo de herramientas contables.

Competencias actitudinales:
"     Capacidad de planificación y organización.
"     Autonomía e iniciativa.
"     Habilidad de comunicación para compartir conocimientos.
"     Tolerancia a la presión.

ARTICULO 3º: REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA POSTULACIÓN AL CONCURSO: Son requisitos mínimos para postularse al presente concurso abierto:
"     Título Secundario completo.
"     Preferentemente estudiante o graduado de las carreras de Ciencias Económicas.
"     Tener hasta 35 años de edad.
"     Poseer residencia en esta localidad.
Los requisitos mínimos son de carácter excluyente y el incumplimiento dará lugar a la eliminación del presente proceso de selección.

ARTICULO 4º: INSCRIPCIÓN: La inscripción se realizará a partir del día 7 de enero de 2019 y hasta el día 14 de enero de 2019 inclusive, dentro del horario de 7:30 a 12:00 hs., en Mesa de Entradas de la Comuna, sita en Bv. San Martín 185 de San Jerónimo Sud, en sobre cerrado y firmado conteniendo el formulario de inscripción y las certificaciones complementarias, el que deberá tener detallado al dorso, nombre, apellido y DNI del postulante. Dentro del plazo previsto para la inscripción, los postulantes podrán retirar el formulario correspondiente, concurriendo a la Mesa de Entradas de la Comuna o solicitarlo por correo electrónico a la dirección comuna@sanjeronimosud.gov.ar

ARTICULO 5º: PUBLICIDAD DE LA NÓMINA DE INSCRIPTOS: Dentro de los dos (2) días hábiles administrativos posteriores al cierre de la inscripción, se exhibirá y/o pondrá a disposición de los interesados la nómina de inscriptos al concurso.

ARTICULO 6º: JUNTA EXAMINADORA: La Junta Examinadora estará integrada por tres (3) miembros:
"     CPN Patricia Mónica Voskerichian, DNI 21.414.833, Tesorera de la Honorable Comisión Comunal.
"     Dra. Melisa Elisabet Gilardoni, DNI 32.185.583, Juez de Faltas Comunal.
"     CPN, Paulina Gilardoni, DNI 35.466.032, Asesora Contable y Secretaria Privada de Presidencia.
Miembro suplente:
"     CPN Fabricio Jorge Durante, DNI 18.067.850, Miembro Suplente de la Comisión Comunal.

ARTICULO 7º: EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS: El Concurso será de antecedentes y oposición, asignándosele 35 y 65 puntos respectivamente.
Solamente serán evaluados los aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos exigidos para la postulación al concurso.

ARTICULO 8º: METODOLOGÍA: La metodología de evaluación de las competencias, adecuadas al perfil descripto precedentemente, se estructura en fases sucesivas. La Fase 2.1. será eliminatoria.

FASE 1: La instancia de antecedentes se compone de:

EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES CURRICULARES: Los antecedentes curriculares serán valorados de la siguiente manera:

FACTOR     PUNTAJE
MÁXIMO
Título universitario culminado     15
Estudios universitarios en curso     6
Cursos de capacitación, certificados y conocimientos
especiales adquiridos     6
Funciones o empleos afines desempeñados y que desempeña
en la función privada     4
Funciones o empleos afines desempeñados y que desempeña en la función pública     6
Menciones obtenidas (premios, becas, reconocimientos,
publicaciones, etc.)     4

FASE 2: La instancia de OPOSICIÓN constará de dos (2) fases, a saber:

FASE 2.1: EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS TÉCNICO PROFESIONALES: Consta de:
EXAMEN ESCRITO TEÓRICO-PRÁCTICO: Tendrá una puntuación máxima de cuarenta y cinco (45) puntos. Las tres (3) propuestas para el examen escrito se elaborarán en base al siguiente temario general:
Aspectos Normativos: Ordenanza N° 724 (Ordenanza Tributaria); Ley Orgánica de Comunas Nº 2439, Estatuto y Escalafón del Personal Municipal (Ley Nº 9286), Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado (N° 12.510).

Los concursantes que obtengan al menos el 60% del valor máximo previsto para la Fase 2.1. [veintisiete (27) puntos], pasarán a la fase subsiguiente.

FASE 2.2: ENTREVISTAS PERSONALES: Tendrá una puntuación máxima de 20 (veinte) puntos. La Junta Examinadora realizará entrevistas con cada postulante, valorando los siguientes criterios:

FACTOR     PUNTAJE
MÁXIMO
Comunicación verbal     3
Escucha activa     3
Orientación al trabajo en equipo     3
Competencias ético institucionales según perfil     5
Competencias actitudinales según perfil     6
TOTAL     20

ARTICULO 9º: ASESORAMIENTO TÉCNICO: La Junta Examinadora podrá convocar a expertos, a los fines de que la asista técnicamente en la elaboración de exámenes y/o la realización de las entrevistas.

ARTICULO 10º: La Junta Examinadora decidirá y dará a conocer oportunamente los días, horarios y lugares en que se efectivizarán los exámenes escritos, las evaluaciones y las entrevistas, garantizando en todo caso el carácter ininterrumpido del proceso y la mayor agilidad posible en los lapsos y tiempos del concurso.

ARTICULO 11º: ORDEN DE MÉRITO: El Orden de Mérito deberá ser publicado dentro de los veinte (20) días hábiles administrativos posteriores al término de la evaluación de competencia aplicada a los concursantes.

ARTICULO 12º: La Junta Examinadora fijará día y horario de consulta, al menos, en los siguientes casos:
1.     Dentro de los tres (3) días hábiles administrativos posteriores a la comunicación de los resultados de la Evaluación de Antecedentes (Fase 1)
2.     Dentro de los tres (3) días hábiles administrativos posteriores a la comunicación de los resultados de los exámenes escritos y las propuestas de intervención para el área (Fase 2).
3.     Dentro de los tres (3) días hábiles administrativos posteriores a la publicación del Orden de Mérito.

ARTICULO 13º: DISPOSICIONES GENERALES: Toda situación no contemplada en la presente Ordenanza se regirá por lo normado en la Ley Nº 9286.

ARTICULO 14º: la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y publíquese.

FIRMANTES :

CIANCIO HORACIO WALTER ( Presidente Comunal )

SAVINO CLAUDIO ALBERTO ( Secretario Administrativo )

SAN JERONIMO SUD, 27 de Diciembre de 2018


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