Comisión Comunal

Ordenanzas Nº 797

PRORROGA PLAZOS CON EXCLUSIONES DE ACTIVIDADES HASTA 7 DE JULIO EL AISLAMIENTO POR PANDEMIA COVID-19

VISTO :

el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 493/2020 y el Decreto Provincial Nº 0445/2020, en relación a la pandemia por Covid-19; y

CONSIDERANDO :

que mediante Decreto Nº 493/2020, el señor Presidente de la Nación ha resuelto prorrogar hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, establecido en DNU Nº 297/20 y a su vez prorrogado por Decretos Nº 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20,

     que de acuerdo al Decreto Nº 0445/2020, el señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe, adhiere al Decreto Nacional Nº 493/2020;

     que en nuestra localidad, es factible una actualización de horarios en determinadas actividades comerciales, siempre en total concordancia con la normativa nacional y provincial;

que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la H. Comisión Comunal según Acta Nº 16/2020;

ARTICULO 1º: Prorróguese hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, el plazo establecido en las Ordenanzas Nº 781, 783, 784 y 794, referidos al aislamiento social, preventivo y obligatorio respecto de la pandemia provocada por el Covid-19.

ARTICULO 2º: Establézcase que para el ámbito del distrito de nuestra localidad, los comercios minoristas y concesionarios de vehículos (tipificada en el inciso 4 del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 794), podrán desarrollar sus actividades, todos los días de la semana dentro del horario de 8:00 a 19:00 horas, eligiendo cada comercio su jornada de atención al público dentro de lo establecido.

ARTICULO 3º: Téngase la presente como ordenanza comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y publíquese.

SAN JERONIMO SUD, 26 de Mayo de 2020


Volver al Inicio