
Comisión Comunal
Ordenanzas Nº 1050
CONTRATO LEASING BANCO SANTA FE
VISTO :
que la Comuna no cuenta con una motoniveladora autopropulsada propia, siendo la que presta servicios, una motoniveladora oportunamente cedida por la Dirección Provincial de Vialidad; y
CONSIDERANDO :
que la Comuna se encuentra en la necesidad de adquirir un motoniveladora nueva;
 que dichos bien es necesario para el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios públicos;
 que el estado de la situación económica-financiera de la Comuna, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento comunal y consecuentemente, la solicitud de una operación de Leasing para adquirir las unidades mencionadas;
 que resulta conveniente a los intereses comunales la toma del crédito mediante la modalidad de leasing con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., ocurriendo la factibilidad y elegibilidad del presente proyecto, por parte de la institución bancaria;
 que la modalidad de contratación se formalizará conforme al plazo, condiciones contractuales y demás normas generales complementarias que el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dispone para este tipo de operaciones;
 que el tema fue tratado y aprobado en reunión de la Honorable Comisión Comunal según consta en Acta Nº 14/2025;
por ello,
ARTICULO 1º: ARTÍCULO 1º: Autorícese a la señorita Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia Comunal Ana Belén Olmos y al señor Tesorero Juan Carlos Stahli, a suscribir con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., un contrato de arrendamiento con opción de compra (operación de leasing) de una Motoniveladora Marca New Holland, Modelo RG 170, nueva cero kilómetro, por la suma de doscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos dieciocho dólares estadounidenses (U$A 294.418,00) equivalentes a trescientos cincuenta y tres millones trescientos dos mil noventa y dos pesos ($ 353.302.092,00), según valor dólar vendedor Banco Nación de la fecha de sanción de la presente, monto con IVA del 10,5% incluido, mas intereses, comisiones y/o cualquier otro gasto administrativo inherente a la operatoria bancaria autorizada, con un plazo de devolución de 36 meses.
ARTICULO 2º: ARTÍCULO 2º: Autorícese a concretar la operación consignada en el Artículo 1º en base a las condiciones que establezca El Nuevo Banco de Santas Fe S.A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.
ARTICULO 3º: ARTÍCULO 3º: Facúltese a la señorita Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia Comunal a afectar y/o ceder los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente le correspondan a esta Comuna, para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente, mas intereses, comisiones y/o cualquier otro gasto inherente con la presente operación.
ARTICULO 4º: ARTÍCULO 4: Téngase la presente como Ordenanza Comunal, insértese en el Registro General de Ordenanzas con el sello oficial y comuníquese.
FIRMANTES :